La concurrencia es obligatoria según la normativa vigente en los plazos que corresponda según la categoría del vehículo. Ver frecuencias.
En tales casos deberá efectuar la denuncia correspondiente y solicitar en la misma planta donde se efectuó la revisión, la reposición del documento(o en el caso de destrucción parcial de la oblea será requerida la presentación de la anterior en el estado en que se encuentre con la numeración visible).
Identificación del vehículo, Carrocería, Subcarrocería y Suspensión.
Tren Delantero, Frenos, Neumáticos, Sistemas Eléctrico y de Iluminación.
Gases de Escape y Nivel de Ruido, Bocina, Accesorios de Seguridad.
Lava y Limpia Parabrisas, Equipamientos Reglamentarios.
El vehículo debe estar limpio, especialmente en las zonas de verificación de los números de motor y carrocería. Los vehículos de carga deberán estar DESCARGADOS, sea cual fuere su categoría.
Oblea Autoadhesiva adherida obligatoriamente en lugar visible del parabrisas.
Informe de inspección Certificado.
Informe de inspección Certificado.
Además de la documentación exigida por la Legislación Vigente, deberá llevar:
Oblea Autoadhesiva Adherida al Parabrisas.
Informe de Inspección Certificado.
No es obligación del personal de las plantas la remoción de las obleas vencidas.
No es necesario, la obligatoriedad de la VTV es para la circulación en la Vía Pública.
No. Está comprobado que los procedimientos efectuados para verificar los vehículos no afectan en absoluto al mismo.
Si. En el caso que esté radicado en otra zona, se le hará completar una planilla de Solicitud de Cambio de Zona para realizar la VTV y podrá realizarla en el momento. La única condición es que, si por algún defecto el vehículo no aprobara la inspección, deberá ser reinspeccionado en la misma zona.
No. Si al verificar, el vehículo presenta algún defecto se le dará un plazo de 60 días corridos para solucionar el problema. Si vuelve dentro de ese plazo, no tiene que volver a abonar. En caso de excederlo, deberá abonar la tarifa completa y realizar la verificación nuevamente.
Si, por circular sin haber realizado la VTV se retiene la licencia de conducir por 30 días reemplazándola por permiso provisorio y multa de 300 a 1000UF y por falta de documentación VTV también.
El trámite lo puede realizar cualquier persona presentando la documentación requerida del vehículo y un documento personal.
Los vidrios polarizados están prohibidos por Ley, pero no es motivo de rechazo al verificar (con excepción del parabrisas). únicamente se notifica mediante una observación. Lo que es importante tener en cuenta es que aprobar la verificación no lo exime de ser multado en la vía pública por este motivo. Los vidrios espejados son motivo de rechazo.
Está prohibido el ingreso de mascotas a la planta.
De acuerdo a la legislación vigente todos los vehículos radicados en la provincia de Buenos Aires, deben cumplir con la verificación técnica.
De acuerdo al lugar de radicación o al uso el cual se destine el vehículo deberá realizar además la verificación Nacional.
El personal de la VTV realiza controles en la Vía Pública en colaboración con personal de la Policía Bonaerense, Prefectura, Gendarmería y autoridades Municipales y/o provinciales o de la Agencia de Seguridad Vial.
La solicitud de turno o la constancia de reserva NO habilita a circular con la VTV vencida. Si es encontrado en esas condiciones en la vía pública será pasible de sanciones.
Vehículo que no cuenta con desperfectos graves ni leves (a lo sumo observaciones), por lo que obtendrá la oblea correspondiente que le indicará el mes y año del próximo vencimiento, además recibirá el certificado de verificación y un informe técnico.
Significa que se le ha detectado uno o más defectos leves (DL). Esos defectos se detallan en el informe de inspección y contará con un plazo de 2 meses para resolver el inconveniente y volver a verificar sin cargo.
Significa que se le ha detectado uno o más defectos graves (DG). Esos defectos se detallan en el informe de inspección, el vehículo no está en condiciones de circular, por lo tanto debe solucionar el inconveniente y la re verificación será sin cargo dentro de los 60 días de verificado.
Si el vehículo pertenece a un discapacitado motriz o esta afectada a su servicio, no abona bajo las siguientes condiciones:
El beneficio es para un único vehículo y una vez por año.
Se debe presentar el certificado (C.U.D.) expedido por el Ministerio de Salud de la Provincia o la Nación y debe estar vigente.
Si el beneficiario no es titular del vehículo, pero esta afectada a su servicio, el titular deberá presentar documentación que acredite el parentezco hasta segundo grado: Cónyuge, Ascendiente, Descendiente, Colateral en segundo grado, Tutor o Curador o la pareja Conviviente (mayor a dos años de convivencia).
Sí. Es válida para todo el país. Los vehículos de uso comercial interjurisdiccionales deben realizar además la verificación RTO.
Solo se efectuará la verificación con la autorización expresa del propietario del vehículo.
En ningún caso la verificación podrá ser parcial sino que el vehículo deberá recorrer íntegramente la línea VTV.
No, el Concesionario se encuentra inhabilitado para realizar reparaciones de un vehículo sometido a verificación.
Las direcciones y teléfonos que aparecen en el presente Regeglamento son los lugares donde se puede solicitar información sobre el servicio y donde se puede presentar reclamos.
Identificación del personal del concesionario.
Todo agente del concesionario vestirá uniforme identificatorio y presentará una credencial ante el requerimiento del usuario.
Para comodidad del usuario se podrá efectuar la verificación dentro de los 30 días anteriores a la fecha de vencimiento de la verificación anterior. En tal caso, la fecha de la siguiente verificación se fijará a partir de la fecha de vencimiento de la verificación anterior.
Bautista Císaro 1849 - Parque Industrial - Junín - Buenos Aires - Argentina